Reconocimiento de grado de discapacidad

Entidad responsable: Consejería de Familia y Asuntos Sociales (D.G. Servicios Sociales, a través de los Centros Base)
Centro Base III (Torrelodones y Alpedrete): Pº de las Delicias 65 (Madrid). Teléfono 91 527 00 91
Centro Base I (Hoyo de Manzanares y Moralzarzal): C/ Maudes 26. Teléfono 91 598 90 90
Descripción:
Proporcionar y reconocer la calificación del grado de minusvalía, necesario para el acceso a prestaciones y recursos.
Reconocimiento inicial de grado de discapacidad: todo ciudadano tiene derecho a solicitar el Reconocimiento del Grado de Discapacidad (RGD), fundamentado principalmente en la existencia de unas deficiencias que provoquen discapacidad (física, psíquico o sensorial), a las que, en caso de superar un porcentaje del 25% le serán añadidos los factores sociales. Si el resultado de todo ello es igual o superior a 33% será susceptible de beneficiarse de lo que la Ley estitule en cada caso, la existencia únicamente de un cuadro social gravo no motiva, por si sola, la prestación de un RGD.
Solicitud de agravamiento: De acuerdo con el artículo 11.2 del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, "... no se podrá instar la revisión del grado de agravamiento o mejoría hasta que, al menos, haya trascurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha en que se dictó resolución, excepto en los casos en que se acredite suficientemente error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar el reconocimiento del grado, en que no será preciso agotar el plazo mínimo".
Según lo anterior, todas las personas que hayan sido valoradas con carácter difinitivo (en esta o en cualquier otra comunidad autónoma) ya cuentan con un reconocimiento de grado. Si éste es igual o superior al 75% aunque es posible solicitar agravamiento debidamente acreditado, no les reportará mayores beneficios, ventajas económicas o sociales a excepción del acceso al complemento por hijo a cargo cuando el discapacitado precise la ayuda de otra persona con las actividades de la vida diaria.
Pensión No Contributiva de Invalidez y Reconocimiento del Grado de Discapacidad:
Los ciudadanos que por sus circunstancias personales (discapacidad y problemática social), pudieran ser beneficiarios de un  Pensión No contributiva de Invalidez,  podrán solicitar la prestación sin necesidad de que previamente las sea reconocido el grado de discapacidad. El hecho de solicitar una pensión No Contributiva (PNC) conlleva, de oficio, la actuación de los Equipos de Valoración y Orientación del Centro Base de su zona para determinar si alcanza el grado del 65% o superior.

El reconocimiento del grado de discapacidad puede permitir el acceso a:

  • Exenciones o reducciones de impuestos. Información en Hacienda
  • Reserva de aparcamiento. Se solicita en el Ayuntamiento.
  • Tarjeta Dorada de Renfe. Información: Tfno: 902.24.02.02
  • Ayuda para transporte en taxi. Tfno: 91.4.20.69.04
  • Reducción en cuotas de conexión y abono de teléfonos en los Centros de Servicios Sociales.
  • Teleasistencia domiciliaria. Se solicita en los Servicios Sociales.
  • Vivienda
  • Empleo. Informarse en las Oficinas de Empleo
  • Kioscos en la vía pública. Informarse en el Ayuntamiento.
  • Ayuda a domicilio para discapacitados. Se solicita en los Servicios Sociales
  • Programas de Turismo y Termalismo. Información en el IMSERSO. Tfno: 91.363.88.88/ 89.06 / 89.16.
  • Campamentos para discapacitados. Información en el IMSERSO. Tfno: 901.109.899.
    Formación. Información en Centros Base y Centros Servicios Sociales Generales.
    Ayudas individuales.
  • Balnearios para discapacitados. Información en el IMSERSO.
  • Asistencia Sanitaria. (PNC). Tfno: 91.4.20.69.04.Centros de Servicios Sociales.
  • Pensión no contributiva de invalidez.
  • Prestación por hijo a cargo. ( Información en el INSS. Tfno: 900.166.565 ).
  • Admisión en Centros para personas con Discapacidad. Información en los Centros de Servicios Sociales Generales y en el Servicio de Gestión de Centros y Programas.
  • Título de Familia numerosa. Servicio de Familia Numerosa.
    Detalle de los Beneficios

Beneficiarios:
Españoles o extranjeros residentes legalmente en España que padezcan una discapacidad física, psíquica o sensorial.

Acceso:
Pueden solicitar el reconocimiento y más información de las prestaciones en los Centros Municipales de Servicios Sociales y en los Centros Base.