Ayudas económicas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad

Entidad responsable: Consejería de Familia y Asuntos Sociales (D.G. de Servicios Sociales)
Dirección: C/ Alcalá, 63. 2ª planta. Madrid
Teléfono: 91.420.69.91 / 71.82

Descripción:
Ayudas económicas de pago único concedidas a personas con discapacidad física, psíquica o sensorial para fomentar su autonomía personal y promover la accesibilidad.
Estas ayudas se convocan anualmente. En la convocatoria del año 2.011 se subvencionan los siguientes conceptos con los límites indicados (la subvención puede ser por menor cuantía):

  • Atención especializada en residencias: Cuantía máxima será la que se establezca para el grado III, nivel 2, anualmente. Máximo 12 mensualidades.
  • Movilidad:
    - Adquisición de vehículos a motor: Cuantía máxima, 2.400 €.
    - Adaptación de vehículos a motor: Cuantía máxima, 1.000 €.
    - Eliminación de barreras en vehículos a motor: Cuantía máxima, 2.400 €.
  • Ayuda para el transporte en taxi:
    -Para asistir al centro de trabajo: Cuantía máxima, 1.485 € anuales.
    -Para asistir a cursos de formación regalda: Cuantía máxima, 1.350 € anuales.
    -Para actividades de ocio y tiempo libre: Cuantía máxima, 720 € anuales.
  • Adaptación funcional de la vivienda habitual: Cuantía máxima, 4.000 €.
  • Adquisición de audífonos: Cuantía máxima, 840 € por cada uno.
  • Adquisición de gafas o lentillas: Cuantía máxima, 300 €.
  • Adquisición de ayudas técnicas: Cuantía máxima, 3.500 €.

Beneficiarios:
Los requisitos generales que deben reunir los beneficiarios de estas ayudas son:

- Ser español o extranjero en los términos contemplados en el artículo 10.2 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.-Tener reconocido, y en vigor, en la Comunidad de Madrid un grado de discapacidad de al menos un 33 por 100.

- Que la discapacidad reconocida en el Dictamen Técnico Facultativo, esté relacionada con la ayuda solicitada.

- No tener más de sesenta y cinco años el 31 de diciembre del año para el que se concede la ayuda.

- Haber tenido unos ingresos personales íntegros, en el caso de discapacitados mayores de edad, o una renta “per capita" familiar , en el caso de discapacitados menores de edad o mayores de edad casados o en situación asimilada, que no sean superiores a los límites establecidos en la correspondiente convocatoria.

Además de estos, según los tipos de subvención solicitada, pueden ser necesarios otros requisitos específicos.

Solicitud:
La fecha límite de presentación de solicitudes será el 31 de agosto del ejercicio presupuestario correspondiente, mientras exista crédito suficiente. Más información en los Centros Municipales de Servicios Sociales, y en la página web de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org